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miércoles, 10 de mayo de 2023

Cerrado

Emision de NCF

Saludos 

Durante varios meses el hemos solicitado al administrador del condominio donde se encuentran nuestras oficinas, la emisión del NCF, mas su respuesta no ha sido nada franca, ni acertada entorno al tema mientras que lo ha estado postergando. Entiendo que según el Reglamento 293-11 Arts. 9 y 10, los prestadores de servicio de mantenimiento condominial se encuentran exentos del pago de itbis, sin embargo: ¿Que podemos hacer para poder optener el NCF correspondiente y presentarlo ante el ministerio de medio ambiente como comprobante del pago de los servicios de agua y recogida de basura?

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Solución oficial

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede realizar una denuncia a través de las siguientes vías:

 
 
Canal Virtual
  • Cuenta de correo denuncias@dgii.gov.do, detallando el motivo de su denuncia y anexando los documentos correspondientes en caso de poseerlos.
  • Código QR disponible en los buzones físicos, completando la ficha.
  • Página web– Sección de Denuncias: https://dgii.gov.do/denuncias/, completando el formulario en línea de forma rápida y anónima.
  • Redes Sociales (Instagram, Twitter y Facebook).
  • App Móvil DGII – Sección de Denuncias.
  • Portal 311: www.311.gob.do.
Canal Telefónico
  • Centro de Asistencia Telefónica, llamando al número 809 689-3444.
  • Línea 311, marcando directamente al 3-1-1 a través de una línea fija o móvil.

Canal Presencial, depositando una comunicación con los documentos soportes en los siguientes puntos de servicio:
 
  • Centro de Asistencia Presencial de la sede central.
  • Administraciones Locales, Centros de Servicio.
  • Colecturías.
  • Estafetas.
  • Departamento de Vehículos de Motor.
  • Centros de Transacciones de Vehículos o módulos DGII temporales en eventos estacionales diseminados en toda la geografía del país.

Importante:

  • Las denuncias también pueden ser captadas a través de los números telefónicos de las distintas oficinas de la DGII.
  • En caso de que el contribuyente desee agregar documentación para complementar una denuncia ya presentada, se recomienda que lo haga por la misma vía que utilizó para presentar la denuncia; sin embargo, se puede recibir en cualquiera de los canales habilitados para captar las denuncias. Para los fines, el contribuyente debe hacer referencia al número con el que fue registrada la denuncia.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.