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martes, 13 de febrero de 2024 02:59

Cerrado

EMISION DE NCF EXPORTACION

Tenemos un cliente que cuya actividad económica es la venta al por mayor de mercancías NCP.

Nuestro cliente tiene una oportunidad de negocios en este momento para exportar a cuba 1-contenedor de pañales.

La inquietud es la siguiente, el suplidor de los pañales está en china hay una relación de compra desde hace un buen tiempo mi cliente importa los pañales a Republica dominicana y se hace completan todos los pasos de la importación como establecen nuestras leyes.

 

En el caso que nos ocupa ahora nuestro cliente (Santo Domingo,DN) quiere vender  a cuba y entregar la mercancía directa de china a cuba

-El suplidor de china emitirá la factura comercial al cliente en RD y este a su vez pagará el total de la factura comercial

-No es un Royalty.

Necesitamos saber si procede fiscalmente emitirle desde RD a cuba una factura con un NCF B16 de exportación la cual sería pagada en su totalidad por cuba y de este ingreso pagaríamos al suplidor en china.

-Podriamos reportar este ingreso con un comprobante de exportación, aunque la mercancía no haya tocado RD?

-Nos serviría de soporte para reportar el costo la factura comercial emitida   por china y a su vez el comprobante de pago?

-Nos serviría de soporte para avalar el ingreso el pago desde cuba a la totalidad del ncf de exportación emitido_?

-Como la mercancía se despacharía desde china hacia cuba haríamos constar en el BL en el notify a la empresa de RD.

Nos motiva a hacer esta consulta técnica el hecho de que.

  • Si importamos la mercancía de china a RD y luego se exporta hacia cuba habría una doble tributación y esto encarecería la mercancía.

Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le recomendamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

 

Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

 

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.