viernes, 15 de mayo de 2026

Emisión placa exonerada

Buenas tardes, para la emisión de la primera placa y matricula de un vehículo exonerado de una organización, si ya el Ministerio de Hacienda emitió el oficio donde se menciona la exoneración del vehículo ¿Con ese documento puedo ir a la DGII para que emitan la palca y matricula? ¿Qué debo presentar?

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Solución oficial

Buenas tardes, Satsuki. Gracias por contactarnos.

 

 A fin de ofrecerle la asistencia correspondiente, por favor confírmenos por qué ley se otorgó la exención de la primera placa.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Por si no se ve la imagen) Art. 8 de la Ley No.97 que regula el Regimen de Exenciones y Privilegios a que están sujetas las Misiones Diplomáticas y Consulares Extranjeras del 29 de diciembre de 1965

Buenas tardes, Satsuki. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA2058 ¿Qué debo hacer para solicitar la primera placa de un vehículo exonerado por la Ley 4027-55?

 

Importante: La ley 4027-55 incluye la exoneración otorgada a diplomáticos y cónsules, a la que hace referencia la captura que envía.

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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