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Emisión de facturas para acogidos al RST
Si soy una persona física acogido al RST por ingresos, y mi actividad es de peluquería, a la hora de facturar a mis clientes, ¿Debo emitir las facturas con NCF ósea los B01, B02, etc, cualquiera de ellos que aplique según el cliente?
Hago la pregunta porque no todos los clientes piden factura con crédito fiscal ósea B01.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Santiago. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, a los clientes no le piden comprobantes debe emitirle un B02 - Facturas de Consumo con el fin de sustentar dichos ingresos.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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