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martes, 13 de agosto de 2024 15:54

Cerrado

ELIMINACION DE OBLIGACION TRIBUTARIA PARA ZONAS FRANCAS

Somos una empresa de zonas francas, la cual tuvo que empezar a presentar la Declaración Jurada IT-1 que teníamos desactivada de nuestras obligaciones tributarias porque no obtuvimos el carnet de exención de ITBIS a tiempo.

Al presentar esta obligación se nos activó la marca para presentar el ITBIS cada mes, por lo que, ahora teniendo el carnet de exención de ITBIS vigente, queremos eliminar de nuestra lista de obligaciones tributarias la presentación de esta declaración que no nos corresponde por estar exenta de esta obligación.

Por tal motivo, necesitamos saber los pasos a seguir para eliminar la marca del ITBIS de nuestras obligaciones tributarias.

Solución oficial

Buenas tardes, Patricia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en el caso de que el contribuyente detecte que posee obligaciones tributarias asignadas por error debe solicitar la inactivación depositando en la Administración Local a la que pertenece, el siguiente documento:

 

Carta de solicitud firmada (en el caso de personas jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

No fue activa por error, sino que en el momento nos vimos obligados a presentar la declaración porque no teníamos el carnet de exención de ITBIS vigente, pero ya lo tenemos disponible y necesitamos hacer la solicitud para desactivar la declaración nuevamente.

Adicional a esto, qué tiempo se toma este proceso despues de someter la solicitud?

(Editado)

Buenas tardes, Patricia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el tiempo de respuesta es de 10 días laborables de la solicitud.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.