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lunes, 9 de diciembre de 2024 20:47

ELIMINACIÓN VEHICULO MOTOR OFV

Para la eliminación de un VHM de la OFV el cual fue vendido y aún aparece en los registros; como puede darse de baja?

Solución oficial

Buenos días. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el vehículo ya no aparecerá en su Oficina Virtual cuando el comprador realice el traspaso.

 

Si desea puede solicitar el descargo de un vehículo o motocicleta debe depositar en la Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de la Administración Local o los Centros de servicios/transacciones de Vehículos de Motor correspondiente a la provincia donde se notarió el contrato de venta, los siguientes documentos:

  1. Acto de transferencia notariado, legalizado y registrado ante el Registro Civil correspondiente que contenga los datos del medio fehaciente de pago utilizado, vendedor y comprador.
  2. Copia de la matrícula.
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del vendedor.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del comprador.
  5. Carta de autorización que indique los datos de la persona autorizada a realizar el trámite (aplica en caso de solicitudes de Personas Jurídicas).
  6. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (aplica en caso de solicitudes de Personas Jurídicas).
  7. Poder de autorización notariado y legalizado (en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante autorizado (en caso de ser un apoderado quien realice el trámite).
  9. Constancia fehaciente de pago en la cual se identifique a las partes, el concepto de la operación, la fecha, el monto y el instrumento de pago utilizado (aplica en caso de que el monto de la venta sea superior a  los RD$ 500,000).
  10. Certificación en donde se detallen las informaciones vinculantes al medio de pago emitida por una entidad del mercado financiero nacional o internacional debidamente apostillada y traducida al español por intérprete judicial (aplica cuando el acto de venta no se haya establecido de manera expresa el medio de pago utilizado).

Costo del Servicio:
RD$300.00 por concepto de denuncia transferencia de vehículo Ley 492-08.

Tiempo de respuesta: inmediato.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.