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El uso de la oficina virtual es obligatorio o potestativo para los obligados tributarios?
El uso de la oficina virtual es obligatorio o potestativo para los obligados tributarios?
En el caso que sea obligatorio, me interesa saber donde se prevé en las leyes tal obligatoriedad.
O de qué manera nace esa obligación.
Pido por favor me responda cualquier usuario que posea estos conocimientos. Gracias
En el caso que sea obligatorio, me interesa saber donde se prevé en las leyes tal obligatoriedad.
O de qué manera nace esa obligación.
Pido por favor me responda cualquier usuario que posea estos conocimientos. Gracias
Solución oficial
YB
1.1K Mensajes
hace 6 años
De acuerdo a lo que establece el código tributario, la Administración Tributaria dispone de facultades para la determinación de la obligación tributaria, las cuales serán ejercidas de acuerdo con los preceptos de este Código y de las normas especiales respectivas.
Base legal: Código Tributario, Norma 03-11 y 05-14.
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