21 Mensajes
El impuesto a la transferencia puede ser capitalizado el costo del inmueble?
Buenos días,
El impuesto por transferencia pagado por una persona jurídica en la compra de un terreno, puede ser capitalizado como parte del costo de adquisición del terreno?
Saludos,
Rosanna


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes, Rosanna. Gracias por contactarnos.
En su caso en particular se puede capitalizar solo de este impuesto pagado, se puede adicional el monto, según lo estipulado en la Ley 11-92 art. 288 literal d.
Para más detalles puede comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde. El departamento de Fiscalización cuenta con un personal capacitado para instruir y orientarlo sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General.
Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes, Rosanna. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su pregunta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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