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El costo relacionado a los pagos al exterior por servicio prestado con que se respalda con el 609 o el 606 o con ambos. Es obligatoria incluir los B17 en el 606.
Quisieran me confirmaran si el costo relacionado a los pagos al exterior por servicio prestado se respalda solo con el pago reflejado en el 609 o si hay que enviarlos tambien en el 606. Además, si hay que incluir en el 606 los valores del B17.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 8 meses
Buenos días, Rosanna. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).
Consideraciones Importantes:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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