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73 Mensajes
jueves, 18 de abril de 2024
Cerrado
EIRL Y RST
Puede una EIRL acogerse al RST?
Pregunta
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Actualizada
hace 1 año
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Respuestas
Conversaciones relacionadas
RST Juridico
Pregunta
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Solución oficial
Quisiera confirmar si estos recargos de una sucesión indivisa están correctos
Pregunta
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© 2020 DGII Community
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.8K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Katherine. ¡Gracias por contactarnos!
Pueden acogerse al Régimen Simplificado de Tributación las Personas Físicas o Jurídicas prestadores de servicios o pertenecientes al sector agropecuario, Personas Jurídicas productores de bienes y Personas Físicas y Jurídicas comerciantes de bienes, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
Adicional deben cumplir con las siguientes condiciones, conforme la modalidad a elegir:
Modalidad de Ingresos:
Que los ingresos provenientes de servicios profesionales u oficios independientes se encuentren exentos del pago del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) o que el ITBIS haya sido retenido en un cien por ciento (100%) cuando se trate de personas físicas.
No exceder el tope de ingresos establecido en el Decreto 265-19.
Que los ingresos brutos de forma consolidada no excedan el límite de ingresos permitidos en el Decreto 265-19, que actualmente es de RD$11,126,189.96. Este monto es ajustado anualmente por inflación.
Modalidad de Compras:
Que el monto de sus operaciones según las ventas identificadas no supere en más de un diez por ciento (10%) las ventas estimadas.
Que las compras e importaciones totales no excedan el límite permitido en el Decreto 265-19, que actualmente es de RD$51,154,896.37. Este monto es ajustado anualmente por inflación.
Tiempo de respuestas: 15 días.
Consideraciones Importantes:
Los contribuyentes que poseen acuerdos de pago y se encuentren al día con el mismo también podrán acogerse al Régimen simplificado de Tributación.
En el caso de las personas físicas o jurídicas no cumplan con alguno de los requisitos de incorporación al RST establecidos en el Decreto núm. 265-19, la DGII procederá a notificar por la Oficina Virtual (OFV), vía correo electrónico o cualquier otra vía habilitada a tales fines, todos los hallazgos arrojados por las validaciones efectuadas, a los fines de que el solicitante proceda a regularizar su situación fiscal o societaria en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación, vencido el plazo indicado sin recibir respuesta por parte del solicitante, la DGII emitirá la comunicación formal mediante la cual rechaza la incorporación al RST.
¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Christopher Trinidad Contaservice
82 Mensajes
hace 1 año
Si, puedes acogerte al RST, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos:
•Estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
•Tener actualizados, a la fecha de presentación de la solicitud, sus datos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). (Si es una Persona Jurídica deben estar actualizadas las informaciones sobre el monto de capital, generales de los accionistas y beneficiario final, actividad económica y tipo societario, así como cualquier cambio).
•Tener como cierre fiscal el 31 de diciembre.
Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales, al momento de realizar la solicitud.
•No encontrarse en proceso de fiscalización externa.
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