domingo, 2 de febrero de 2020 05:28

Cerrado

Dudas sobre las notas de crédito y notas de débito (Como registrarlas)

Hola, 

Tengo confusiones respecto a como registrar las notas de crédito y débito.

Supongamos el siguiente escenario:

La empresa A le factura a la empresa B un monto de 1,180.00. Luego le hace una nota de crédito por 118.00 por la devolución de un articulo y por ultimo le hace una nota de débito por 236.00 para cobrarle un flete luego de haber enviado la factura en el 607.

Las dudas que tengo son:

1-La empresa A como es el proveedor registra la nota de crédito y la nota de débito en el 607. Es esto cierto?

2-La empresa B que es quien compro los artículos, esa nota de crédito y esa nota de débito como la registra? Debe de utilizar la secuencia generada por la empresa A y enviarlas en el 606?

3-Por ultimo si la empresa A hubiese sido un proveedor informal, la empresa B fuera la que emitiera las secuencias de las notas de crédito y débito al igual como lo hizo con el comprobante de compra?

Gracias por la atención.

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Pedro. En atención a tus inquietudes, te informamos lo siguiente:

1. Sí, el proveedor registra las notas de crédito y débito en el Formato 607.
2. Sí, el cliente registra las notas de crédito y débito en el Formato 606.
3. Sí, si el proveedor fuese informal, el cliente puede emitir notas de crédito y débito para modificar el comprobante de compras original.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas únicamente en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

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190 Mensajes

Las notas de débito o crédito no son emitidas por el que vende el bien o servicio?

Según la definición de los tipos de comprobantes

https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/facturacion/comprobantesFiscales/Paginas/tiposComprobantes.aspx

"​Notas de Débito (Tipo 03): documentos que emiten los vendedores de bienes y/o los que prestan servicios para recuperar costos y gastos, como: intereses por mora, fletes u otros, después de emitido el comprobante fiscal. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes emitidos con anterioridad.

Notas de Crédito (Tipo 04): documentos que emiten los vendedores de bienes y/ o prestadores de servicios por modificaciones posteriores en las condiciones de venta originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, corregir errores o casos similares.
"

4.8K Mensajes

Buenas tardes, Antonito. Las notas de crédito y débito son elaboradas por el contribuyente que emite el comprobante original, sin embargo, tanto el proveedor como el cliente pueden reportar dichas notas en sus respectivos formatos de envío, tal como indicamos en la anterior respuesta.

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No estaba claro si se podía para los proveedores informales. Pero gracias por la información. Es importante saber ese dato.

Saludos

4.8K Mensajes

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190 Mensajes

hace 5 años

1-La empresa A como es el proveedor registra la nota de crédito y la nota de débito en el 607. Es esto cierto?

R:Claro, al 607 van las facturas de venta y las notas de debito/credito relacionadas a esas ventas.

2-La empresa B que es quien compro los artículos, esa nota de crédito y esa nota de débito como la registra? Debe de utilizar la secuencia generada por la empresa A y enviarlas en el 606?

R:Claro, igual que las facturas de compra, ya traen su NCF generado por el supidor y van al 606 de tus compras.

3-Por ultimo si la empresa A hubiese sido un proveedor informal, la empresa B fuera la que emitiera las secuencias de las notas de crédito y débito al igual como lo hizo con el comprobante de compra?

R:Que yo sepa, si es informal solo puedes emitirle un "comprobante de compra".  Las Notas de crédito y debito no se emiten para informales (son documentos de "venta").  Pero en vez de una nota de debito, la empresa B podria emitir otro comprobante de compra por la diferencia.   Sobre la nota de crédito, podria quizas exigir un descuento en una proxima compra, al final es lo mismo.

Repito: que yo sepa, ya que a cada rato sale una nueva norma o decreto o instructivo que cambia las cosas 


3 Mensajes

Muchas gracias. Estoy mas caro con los dos primeros puntos, solo faltaría algo mas concreto con el ultimo punto. Gracias Antonito.