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Dudas relacionadas a ingresos por servicios al extranjero
Saludos, soy persona física acogida al RST que utiliza el facturador gratuito. Tengo dos consultas relacionadas a los ingresos por servicios al extranjero:
1. Al momento de realizar una factura de consumo electrónica, ¿cuál opción de ITBIS se debe seleccionar: “0%” o “Exento”?
2. En casos como Youtube, donde el ingreso generado en un mes (por ejemplo, enero) se conoce el total en el mes siguiente (12 de febrero) y el pago lo realizan a partir del 21 (llegando a mi cuenta de banco el 23 de febrero). ¿En qué fecha es correcto emitir la factura? Lo pregunto ya que debo hacer la conversión de dólares a pesos con la tasa del Banco central.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 hora
Buenas tardes, Eduar. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que debe utilizar la opción "Exento" para los servicios exportados.
En cuanto a su segunda consulta, será necesario analizarla a más profundidad, por lo cual le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la administración local a la que corresponda para obtener una respuesta concreta.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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