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DUDA
Hola,
No se si conocen a servicios Vía, es una maquina que se usa para pagar servicios como si fuera un paga todo.
Todos los meses ellos me solicitan un comprobante fiscal para hacerme una factura donde se refleja la comisión por uso de la maquina.
Donde debo reportar esos comprobantes?
Saludos.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Jhoyse. Gracias por contactarnos.
Le informamos que debe reportar en el formato 606 todas las facturas que le son emitidas por las compras de bienes o servicios que serán consideradas para fines de deducciones en el ISR o adelantos de ITBIS, como son: Facturas de crédito, Notas de Débito y Crédito, Comprobantes Especiales (Gubernamentales, Regímenes Especiales).
También se reportan aquellos Números de Comprobantes Fiscales (NCF) emitidos por el propio contribuyente como: Gastos Menores, de Compras y Pagos al Exterior.
Le exhortamos a seleccionar la que más le corresponde tomando como referencia la actividad económica que posea registrada y la clasificación de costos y gastos que tiene el formato 606.
1. Gastos de personal.
2. Gastos de trabajos, suministros y servicios.
3. Arrendamientos.
4. Gastos de activos fijos.
5. Gastos de representación.
6. Gastos deducciones admitidas.
7. Gastos financieros.
8. Gastos extraordinarios.
9. Compras y gastos que forman parte del costo de venta.
10. Adquisiciones de activos.
11. Gastos de Seguros.
Le exhortamos a consultar el instructivo del Formato 606 en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61213p7HEb
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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