Perfil de nancy aquino

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viernes, 28 de febrero de 2020

Cerrado

Duda

Si vendo un servicio exento a persona física no registrada c, cómo registro esa venta?
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes, Nancy. Si te refieres a que le prestaste un servicio exento de ITBIS, te informamos que debes emitir una Factura de Consumo (B02). Para saber como remitir esta información puedes consultar el instructivo de llenado y envío del Formato 607, ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante el siguiente enlace:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Docume...

Para saber cómo llenar y enviar el IT puedes acceder al instructivo, a través de este enlace:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/5-Instru...

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

553 Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes

Le puedes emitir un comprobante B02.

Para  el envio del 607, el contribuyente deberá enviar, a través de un módulo habilitado en la Oficina Virtual (OFV) del portal de internet, la información a modo de resumen del total de las operaciones efectuadas y sustentadas en facturas de consumo, incluyendo aquellas con valor igual o superior a los doscientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$250,000.00). No obstante, el contribuyente deberá conservar y resguardar los documentos que sustenten dichas operaciones en la forma dispuesta en el literal h) del artículo 50 del Código Tributario.