Buenas tardes, Nancy. Si te refieres a que le prestaste un servicio exento de ITBIS, te informamos que debes emitir una Factura de Consumo (B02). Para saber como remitir esta información puedes consultar el instructivo de llenado y envío del Formato 607, ingresando a nuestro Portal Web DGII mediante el siguiente enlace:
Para el envio del 607, el contribuyente deberá enviar, a través de un módulo
habilitado en la Oficina Virtual (OFV) del portal de internet, la
información a modo de resumen del total de las operaciones efectuadas y
sustentadas en facturas de consumo, incluyendo aquellas con valor igual o
superior a los doscientos cincuenta mil pesos dominicanos
(RD$250,000.00). No obstante, el contribuyente deberá conservar y
resguardar los documentos que sustenten dichas operaciones en la forma
dispuesta en el literal h) del artículo 50 del Código Tributario.
Solución oficial
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4.8K Mensajes
hace 6 años
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Docume...
Para saber cómo llenar y enviar el IT puedes acceder al instructivo, a través de este enlace:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/5-Instru...
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Cristhian Castillo
553 Mensajes
hace 6 años
Le puedes emitir un comprobante B02.
Para el envio del 607, el contribuyente deberá enviar, a través de un módulo habilitado en la Oficina Virtual (OFV) del portal de internet, la información a modo de resumen del total de las operaciones efectuadas y sustentadas en facturas de consumo, incluyendo aquellas con valor igual o superior a los doscientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$250,000.00). No obstante, el contribuyente deberá conservar y resguardar los documentos que sustenten dichas operaciones en la forma dispuesta en el literal h) del artículo 50 del Código Tributario.
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