viernes, 7 de febrero de 2020

Cerrado

Duda sobre salarios exentos ISR

En el 2015 empece a laborar a mitad de año, y el salario que devengaba cuando se proyectaba anual debía cobrarse ISR, por lo cual mes tras mes me cobraron ISR, al finalizar ese año, el salario que devengue durante ese año estaba exento del monto de ISR  ya que no llegó a la renta de 416,220.00, mi duda es, fue correcto que me cobraran ese ISR?, y si no, cómo procedo a reclamar que ese ISR que me fue cobrado sea devuelto?, gracias.
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Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes Alexandre, en atención a tu consulta, te indicamos que cuando se presenta esa situación se te genera un saldo a favor el cual debe ser solicitado a esta DGII, sin embargo, el reembolso del saldo a favor por exceso de retención de ISR de un asalariado debe ser solicitado a más tardar tres (3) años después de la generación de dicho saldo. En ese sentido, si en el 2015 se te genero algún saldo ya no es posible solicitarlo. Base legal Ley 11-92 Art. 21.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Saludos, gracias por responder, estaba en busca de la respuesta desde hace varios días, lo que no entiendo es por qué la persona debe solicitarlo cuando sucede y no ustedes tramitarlo por su parte, ya qué, entiendo, poseen la tecnología para hacerlo, en el portal aparece la cantidad de remuneraciones que presenta una persona al año y la cantidad de ISR cobrado, asi que todo al que se le cobró ISR y no llegó a los 420k debería automáticamente de una forma u otra contactarse, a mi entender están aplicando un impuesto para muchos que desconocen que pueden reclamarlo y por tal razón no deberían tener fecha limite.

4.8K Mensajes

Buenos días, Alexandre. El saldo a favor que se te genere por las retenciones de ISR en exceso a tu salario es compensado o reembolsado automáticamente por tu empleador luego de la presentación del IR-13 (la cual se realiza en marzo de cada año), sin embargo, si tu empleador no realizó lo antes indicado, te encuentras desempleado o cambiaste de empleador, debes solicitar tu reembolso a esta DGII siguiendo los pasos indicados a continuación:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca017-como-puedo-utilizar-el-saldo-a-favor-generado-en-la-decl...

En otro orden, estamos remitiendo tu comentario al departamento correspondiente a fin de que se realicen las verificaciones de lugar y se tomen las medidas aplicables, sin embargo, te recordamos que para presentar una queja o sugerencia disponemos de los siguientes canales:

• Puedes remitir un correo electrónico a la cuenta quejasysugerencias@dgii.gov.do, detallando el motivo de tu queja o sugerencia.
• Puedes realizarla a través del Centro de Contacto DGII, marcando el (809) 689-3444, opción 4.
• De manera presencial, puedes realizar tu queja o sugerencia en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central, depositando los siguientes documentos:

1.Comunicación explicando el motivo de tu queja o sugerencia, (en caso de depositar anexos, la comunicación debe contener el detalle de los documentos a suministrar).
2.Anexos correspondientes.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

243 Mensajes

hace 6 años

Si tu salario supera el valor de 34,685 por mes te van a cobrar ISR ya que en ese mes superaste ese valor ahora bien si al final del año no pasa el tope te quedaran un saldo a favor que cuando den la bonoficacion se rebaja.
Trabajo en una zona franca, no me dan bonificación.