viernes, 20 de marzo de 2026

Duda sobre Cargos Bancarios Personas Físicas

Buenas noches ! Una persona física legalmente constituida puede incluir los cobros compulsivos de tarjetas de crédito de cuenta corriente y de ahorro así como sus cargos bancarios de sus cuentas personales, en sus gastos financieros? Ya que el banco genera un NCF consolidado con todos los cargos de todas las cuentas, es decir no separa cuenta corriente de cuenta personal, en el caso de las personas físicas, gracias de antemano 

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Solución oficial

Buenos días, Deyanira. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que los gastos personales no pueden considerarse entre los gastos correspondientes al desarrollo de su actividad económica, por lo que, si le es difícil separar estos gastos, será necesario que se acerque a la administración local a la que pertenece, a fin de que la Unidad de Fiscalización le ayude a determinar qué gastos podrá considerar en su declaración.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.