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Duda Sobre Agentes de Retencion
Buenas noches! Es de manera obligatoria que un contribuyente persona juridica le retenga el 30% a otro contribuyente persona juridica? Si es asi hay alguna base legal que lo sustente? Gracias de antemano
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Buenas noches! Es de manera obligatoria que un contribuyente persona juridica le retenga el 30% a otro contribuyente persona juridica? Si es asi hay alguna base legal que lo sustente? Gracias de antemano
Solución aceptada
ANACELYS HENDRICKSON
2 Mensajes
hace 22 días
Hola Peguero,
Según la norma 07-09 art. 01 es obligatorio.
Saludos1
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Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.8K Mensajes
hace 21 días
Buenas tardes, Deyanira. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que sí, esta retención es obligatoria siempre que aplique, conforme a lo establecido en la norma 02-05, artículos 1 al 5.
Para conocer a más detalle en cuáles casos aplica esta retención y qué otras retenciones aplican entre personas jurídicas, le invitamos a consultar la siguiente pregunta de esta comunidad: CA347 ¿Cuándo aplica retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) entre Personas Jurídicas?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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ANACELYS HENDRICKSON
2 Mensajes
hace 22 días
HOLA PERGUERO
SI, ES OBLIGATORIO SEGUN LA NORMA 07-09 ARTICULO 1
SALUDOS!
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.8K Mensajes
hace 22 días
Buenos días, Deyanira. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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