Perfil de Katherine Santana

viernes, 19 de marzo de 2021 03:46

Cerrado

DUDA EN IR-1 PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD ECONÓMICA

Si Una persona se registra formalmente como persona física Con actividad económica y se le realizaron una retenciones por salario  meses antes de registrarse como contribuyente, ¿Puede este usar esas retenciones o solo aplican las efectuadas apartir de su fecha de registro?

Hago la salvedad de que estas retenciones se visulizaron en su oficina virtual de lo que su empresa le reportó en el IR-3 durante el año a declarar.

De antemano, gracias!

Esta pregunta aplica también para cualquier otro tipo de actividad que él como registrado (no como contribuyente) haya efectuado antes de aparecer como contribuyente, es decir, si solo se tomarán en cuenta las actividades que sucedieron después del registro.

Solución aceptada

Solución oficial

2.2K Mensajes

hace 4 años

Buenos días Katherine. Gracias por escribirnos.

 

Sí, las retenciones efectuadas a los ingresos por salarios de ese periodo también se deben declarar en la casilla disponible para esos fines del IR-1.

 

Nota: las Personas Físicas, además de los ingresos derivados de su actividad económica deben presentar los ingresos provenientes por sus trabajos.

 

Para más detalles del registro, le recomendamos comunicarse directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en algunas de nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, le recomendamos verificar el correo electrónico de la administración local que le corresponde, consultando el Aviso 63-20: 

Tomar en cuenta, que las siguientes administraciones locales no necesitan citas previas y puede visitarla en horario acostumbrado de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

  • Administración Local Azua
  • Administración Local Bani
  • Administración Local Barahona
  • Administración Local Boca Chica
  • Administración Local Bonao
  • Administración Local El Seybo
  • Administración Local Mao
  • Administración Local Moca
  • Administración Local Montecristi
  • Administración Local Nagua
  • Administración Local Salcedo
  • Administración Local Samaná
  • Administración Local San Juan de la Maguana
  • Administración Local Cotuí

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

 

También puede visualizar el Instructivo de llenado del IR-1 ingresando al siguiente enlace:

 

Instructivo Llenado del Formulario IR-1 y anexos M2 copy (dgii.gov.do)

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

 

Es un placer servirle, Katherine.