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miércoles, 1 de julio de 2020

Cerrado

DONDE VA COLOCADO EL GASTO EN EL IR-2 PARA LOS AJUSTEROS DEL SECTOR CONSTRUCCION

luego de un cordial saludo, me gustaria saber lo siguiente:

Dice el articulo 3 de la Norma 07-07 paa el secor construcción:
Artículo 3.- Cuando las empresas constructoras contraten maestros constructores o ajusteros para la ejecución de obras de construcción de edificaciones, carreteras, alcantarillados y otras construcciones, el pago que se hiciere a éste por los citados servicios, estará sujeta a la retención del 2% por concepto del Impuesto Sobre la Renta dispuesto en el Código Tributario. Cuando los ingenieros, arquitectos, agrimensores y otros de profesiones similares, facturen consignando únicamente el valor del servicio profesional prestado, la retención del ISR será del 10% del valor facturado.

Párrafo I: Cuando a los citados maestros constructores o ajusteros les sean entregadas sumas de dinero con las cuales se retribuirán a los trabajadores que bajo su responsabilidad exclusiva, trabajaren dentro de la obra o proyecto en desarrollo, ya sean trabajadores documentados o indocumentados, las empresas de construcción deberán retener el 2% del valor bruto, con carácter de pago definitivo.

La pregunta es: Lo que yo retuve en el IR-17 Linea 18 para los ajusteros, En que parte del IR-2 yo me voy a deducir ese gasto ?


En el IR-2 cuando uno selecciona el sector economico no hay uno para el sector construccion.

Favor aclararme esa duda.

En espera de sus amables atenciones.

Saludos cordiales.



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Oficial

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hace 5 años

Buenas tardes. Te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.

En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puedes escribir a los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/34-20.pdf

Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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hace 5 años

     Las dos cosas mas importantes previo al llenado de R1 como de R2, es llenar el 606 y 607 que  son la base de todo. Cuando tu llenas un R17 se llena sólo para generar una factura de pago a dgii pero ese valor debe estar anotado en el 606 con su respectiva retención. Luego en tu anexo B que es un formulario donde están todos los ingresos y gastos (incluyendo tus ajusteros), es llenado de las informaciones que están en el 606. Ahora, hay otro anexo que es el J , que en la linea 2.7 te pide detalles a pagos hechos a proveedores informales. 

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hace 5 años

Muchas gracias Hector. me dices en el Anexo B-1 Linea 7.7 (otros gastos por trabajos, suministros y servicios. ) ahi es que debo colocarlo? o es en el 6.6 ya que forman parte del costo por ser tan alto?

77 Mensajes

hace 5 años

Si es una empresa Constructura en el Anexo D, TITULO VI , hay un renglon para el Costo de Venta, donde se debe colocar los sueldos y salarios a ajusteros. No puedes incluirlo en el 606 porque no son pagos a ingenieros, arquitectos o agrimensores. (Debes conservar estos pagos en el anexo IR-6,  del IR-17)

809-617-9560

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hace 5 años

Buenos dias Franklin, el anexo D no tiene capitulo VI solo llega hasta el V.

77 Mensajes

hace 5 años

Ese mismo, el V (Costo de Venta Manofactura) Es aqui donde se colocan esos gastos pagados a los ajusteros. .44 ( Sueldos y Salarios). Debe cuadrarte con los IR-17 que pagaste 
809-617-9560

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hace 5 años

Muchas gracias Franklin.