viernes, 20 de junio de 2025

Cerrado

DONDE REGISTRO LA RECARGA DEL PASO RAPIDO EN EL 606

La recarga de paso rápido realizada en una farmacia, la registro en la columna de servicio o bienes? 

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Solución oficial

Buenos días, Júan. Gracias por contactarnos.

 

Las recargas del Pase Rápido se consideran un servicio, por lo que corresponde registrar el monto facturado en la columna correspondiente a servicios.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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