lunes, 6 de julio de 2026

Donaciones

? Segun la ley 30-26 puede una persona de 77 años, que no tenga hijos, ni padre ni madre vivos, pero si tienes hermanos , donar su casa a una sobrina y que % pagaria a la DGII. O PUEDO VENDERLE A MI SOBRINA, QUE % PAGARIA.

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Solución oficial

Buenos días, Medania. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que sí, una persona de 77 años que no tenga hijos, ni padres vivos, puede donar una casa a su sobrina. En este caso, la tasa del impuesto a pagar por la donación será equivalente a la tasa del Impuesto Sobre la Renta que corresponda a las personas jurídicas, es decir, un 27% actualmente, ya que la Ley 30-26 no contempla exención ni reducción de la tasa del impuesto en estos casos.

 

En caso de que decidiera vender el inmueble a su sobrina, la tasa del Impuesto a la Transferencia inmobiliaria a pagar será de un 3% del valor del inmueble.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.