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Donacion de Vehiculos
Buenas tardes
Tengo una inquietud
si pertenezco a una empresa
y queremos donar 2 vehiculos al para Ministerio de Energia y Mina
el cual ya tenemos en nuestro inventario
hay algun tipo de exoneracion de impuestos para tales fines
y otra pregunta
si tengo un vehiculo exonerado baja la ley 4027
el cual fue exonerado en el año 2023
y el mismo, por condiciones climaticas, sufrio perdida total
el seguro para hacer el pago me indica que debemos levantarle
las oposiciones a la matricula
debe de pagar la diferencia de todos los impuestos incluso aduanal
o solo el 10% de levantamiento de la oposicion
Saludos,


Solución aceptada
Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 6 meses
Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos.
Las donaciones que sean hechas a los establecimientos públicos e instituciones de caridad, beneficencia o de utilidad pública reconocidas por el Estado se encuentran exenta del pago del impuesto por donación.
En ese mismo orden, y en respuesta a su segunda consulta, le exhortamos a canalizarla al Ministerio de Hacienda para los fines de verificación correspondientes.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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