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miércoles, 2 de noviembre de 2022 19:14

Cerrado

Donación de una institución lucrativa a una institución no lucrativa

Cuales son los pasos para hacer una donación a una institución no lucrativa y que cumpla todos los requisitos legales para rebajar el ISR.

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Solución oficial

Buenas tardes, Emilia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las donaciones efectuadas a Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL) son deducibles del ISR hasta un 5% de la renta neta imponible del ejercicio, después de efectuada la compensación de las pérdidas provenientes de ejercicios anteriores, cuando corresponda.

 

Importante: cuando la donación o contribución no reembolsable sea a una entidad educativa o de investigación legalmente reconocida para ser utilizada de manera exclusiva a la educación superior, la ciencia y la tecnología, la deducción podrá ser de hasta el cien por ciento (100%) de la donación, siempre que no exceda el límite de un diez por ciento (10%) de la renta neta imponible del ejercicio después de efectuada la compensación de las pérdidas provenientes de ejercicios anteriores, conforme lo establece la Ley 139-01 en su Art. 101.

 

Una vez efectúe la donación a la ISFL correspondiente, esta deberá emitirle un Número de Comprobante Fiscal del tipo que le requiera a fin de que transparente dicha operación a través de los Formatos de Envíos de Datos y Declaraciones Juradas en la forma y plazos definidos por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente.

 

Corresponde a la ISFL declarar la donación agotando los pasos indicados en el siguiente enlace: https://cutt.ly/2ND90fb

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.