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miércoles, 22 de febrero de 2023 21:24

Cerrado

dominicanos residentes en el exterior

Saludos,

Dominicano residente en el exterior (USA) es accionista de menos del 10% de las acciones de una empresa en RD, y percibio pagos de dividendos a los cuales se le retuvo ITBIS.

Preguntas:

-Cual(es) formulario(s) debe reportar el contribuyente?

-Cual es el costo ($) asociado a dicho formulario(s)?

-Cual es la fecha limite de someter dicho(s) formulario(s) y por cual via se puede reportar?

-Es posible solicitar una extension a la fecha limite del reporte?

-Cuales son las potenciales consecuencias de no someter el reporte correspondiente?

Gracias!

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

Atendiendo a su consulta, le informamos que, en la distribución de dividendos en efectivo realizada a personas físicas y/o jurídicas se debe retener un 10% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), indistintamente sean acreditados o pagados en el país o en el extranjero, no así el ITBIS.

 

Dicha retención debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) a través de la Oficina Virtual (OFV) de esta Dirección General de manera gratuita a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se ejecute el pago (por ejemplo, las retenciones por pagos efectuados en enero, se reportan los primeros 10 días de febrero con carácter improrrogable).

 

A los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemnizatorio:

  • 10% de recargo por mora para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente al primero.
  • 1.10% de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.

Nota: La no presentación o la aportación de datos falsos, inconsistentes o manifiestamente incompletos, constituye una violación a los deberes formales y será pasible de hasta el triple de las sanciones y multas descritas en el Art. 257 del Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.