martes, 9 de septiembre de 2025

Cerrado

Documento Exención Impuestos

Buenas tardes,

Una Fundación quiere que le venda un productos gravado con ITBIS. Ellos dicen que sus facturas no debe tener ITBIS. Que evidencia deben mostrarnos para saber si es cierto y poderle facturar sin ITBIS?

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Oficial

Buenas tardes, Rachel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para que usted pueda facturarle sin ITBIS, la Fundación debe mostrarle una certificación de exención de ITBIS vigente.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.