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lunes, 12 de febrero de 2024 18:47

Cerrado

Documentación Soporte Original

Según Ley 11-92, Arts. 44, literal f y 50 literal h. El contribuyente esta obligado a los registros contables, registros especiales, comprobantes de pago, o cualquier documento relativo a sus operaciones y actividades en forma ordenada, por un período no menor a diez (10) años.


Nosotros somos una ONG que gestiona fondos de Cooperación Internacional y, al ser fondos íntegramente aportados por terceros, estos exigen la documentación original como sustento de la carga económica de los proyectos realizados.

El archivo de los periodos no prescritos puede ser de documentos en copia simple o deben ser documentos originales o compulsados?

Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Esther. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.