sábado, 30 de diciembre de 2023

Cerrado

Dividendos Recibidos de Una Empresa en el Extranjero

Buenos Días,

Si recibo dividendos de una empresa en el extranjero donde a esos dividendos se le realizaron su pago de impuestos en el pais donde esta ubicada esa empresa, al recibir esos dividendos en republica dominicana debo pagar impuestos por ellos? y en caso contrario estan exentos del pago de impuestos esos dividendos, al no ser generados en republica dominicana?

Quedo Atento a sus comentarios,

Saludos,

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Solución oficial

Buen día, Alejandro. ¡Gracias por contactarnos!

 

Conforme lo establece el Art. 2 del Reglamento 139-98, las personas naturales o jurídicas, con residencia o domicilio en el país, así como las sucesiones indivisas y los entes con o sin personería jurídica, pagarán el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana y sobre las de fuente extranjera provenientes de inversiones y ganancias financieras, tales como dividendos de acciones o intereses de préstamos o de depósitos bancarios, ganancias obtenidas en operaciones en bancos o instituciones financieras, bonos, cédulas, títulos de sociedades de capital, letras y otros valores mobiliarios o títulos del mercado de capitales.

En ese mismo orden, le informamos que, de manera bilateral, desde la Administración Tributaria interna, el país ha desarrollado una serie de mecanismos o convenios con dos estados para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal.

En este sentido, en su caso particular, a fin de recibir una respuesta puntual sobre su consulta, le exhortamos a realizar una consulta técnica, agotando el procedimiento indicado en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612119Zt4S

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.