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miércoles, 17 de septiembre de 2025

Cerrado

DIOR para Fideicomiso de oferta pública de valores y productos

Buenos dias, en el tenor del Reglamento 78-14, toda empresa que cumpla con lo establecido en el Art 2 de este, deberan presentar la DIOR. No obstante esto, tengo una interrognate, los fideicomisos, los cuales se rigen por la Ley 189-11, les aplica la remision de la DIOR?

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Solución oficial

Buenas tardes, Benito. ¡Gracias por contactarnos!

 

Con respecto a su consulta y de conformidad con el Reglamento 78-14 sobre Precios de Transferencia y sus modificaciones, están obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionados (DIOR) aquellos contribuyentes que realicen operaciones con partes relacionadas, residentes o no residentes, o con entidades ubicadas en jurisdicciones de baja imposición.

 

En el caso de los fideicomisos regulados por la Ley 189-11, el hecho de que cuenten con un régimen jurídico especial no implica, por sí mismo, una exención frente a las obligaciones formales de precios de transferencia. En consecuencia, si un fideicomiso cumple con los criterios establecidos en el artículo 2 del Reglamento 78-14, es decir, si existiese operaciones con partes relacionadas en los términos previstos, estará igualmente obligado a la presentación de la DIOR.


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