Perfil de Antonito Mt

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jueves, 14 de mayo de 2020

Cerrado

Diferencia entre "No sujeto a ITBIS" y "Exento de ITBIS"

Leyendo alguna documentación o formulario veo el término "NO SUJETO A ITBIS" refiriéndose a algún bien o servicio u operación.  

Es lo mismo que "EXENTO DE ITBIS" ?

Si no, cuál sería la diferencia o implicación?

Gracias
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Antonito. Los terminos son distintos:

No sujeto a ITBIS significa que el impuesto no es aplicable a la operación que se realiza. Tal es el caso de las ganancias (renta) que obtienes en un periodo determinado, la cual no está sujeta al ITBIS por no ser parte del hecho generador de este impuesto.

Exención de ITBIS significa que la operación de que se trate sí está incluida en el ámbito de aplicación del impuesto, pero, por un motivo legal, se le exime de su pago. Un ejemplo son los servicios de salud, los cuales están exentos de ITBIS pero está sujeto al ámbito de aplicación de dicho impuesto.

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