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Devolucion del 0.15 en Cobro Errado
Buenos días
Tengo una situación, he realizado transferencias entre cuentas de la empresa, pero entre diferentes Bancos, resulta que al crear el beneficiario en el banco A, se creó con el nombre del banco B, en lugar del nombre de la empresa, y cuando el Banco A realizo la transferencia nos cobró el 0.15%; sin embargo, ambas cuentas son de la Empresa. Esto lo puedo demostrar con certificación de ambos Bancos.
Como puedo recuperar estos importes cobrados por el Banco A, siendo que la ley indica que no se ejecuta cobros entre cuentas de un mismo contribuyente
El banco A dice que yo como afectado debo solicitar a DGII el rembolso, es esto posible y si es así que debo hacer



Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenas tardes, Yasmin. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar el reembolso del impuesto del 0.0015 (1.5 por mil) sobre cheques y transferencias electrónicas mediante la Ley 288-04, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Formulario Solicitud de Reembolso por Leyes de Incentivos (FI-DCRCO-006), llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
Certificación emitida por la institución bancaria que indique las retenciones realizadas y copia de los estados de cuenta en los que se evidencia la retención.
Consideraciones Importantes
Solo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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