2 Mensajes

jueves, 24 de noviembre de 2022

Cerrado

devolucion de impuestos

Buenas , me gustaria saber si me registro como persona fisica que beneficios obtengo , es decir puedo declarar mis impuestos de supermercados , medicamentos y demas aun siendo asalariada y no devengar los 34,700 pesos mensual , para al final del ciclo fiscal percibir la devolucion de dichos impuestos ? 

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Valery. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos plantea, le informamos que, si los gastos son incurridos con el fin de obtener, mantener o conservar rentas gravadas y exentas y guardan relación con el giro del negocio pueden ser acreditados si se encuentran sustentados en Comprobantes Fiscales y sean remitidos a través de los Formatos de Envíos de Datos y Declaraciones Juradas definidos por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente a fines de deducción del Impuesto Sobre la Renta.

 

Asimismo, le indicamos que se consideran conceptos y partidas no deducibles:

  1. Gastos Personales
  2. Retiros o Sueldos, las sumas retiradas por el dueño, socio o accionista a cuenta de ganancias,   o   en   la   calidad   de   sueldo,   remuneraciones,   gratificaciones   u   otras compensaciones similares.
  3. Pérdidas de Operaciones Ilícitas.
  4. El Impuesto sobre la Renta, sus recargos, multas e intereses,
  5. Gastos no amparados en Comprobantes Fiscales.
  6. Remuneraciones de Personas u Organismos que Actúen desde el Exterior.
  7. Utilidades Destinadas a Reservas o Aumentos de Capital.

Base Legal: Art. 288 del CT.

 

Puede ser Contribuyente Persona Física y Asalariada simultáneamente y declarar sus Gastos Educativos (Ley 179-09) pero solo obtendrá Saldo a Favor si posee un exceso de retenciones en ambas condiciones.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.