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Devolución de Saldos a favor empleados,
Saludos estimados,
En el día de hoy les escribo para preguntar, después que una empresa presenta el IR-13; existe un periodo de tiempo para que la persona que maneja las nominas devuelva los saldos a favor que se generaron para los empleados que han trabajado el año completo y no tienen otro empleador y los que se acogieron a la ley de gastos educativos.
Quedo en espera de su respuesta.
Buen día.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Lino. Gracias por contactarnos.
Le informamos que una vez su empleador haya presentado su Declaración Jurada Anual de Agentes de Retención de Asalariados (IR-13) y haya constatado que la DGII le acreditó dicho monto en la Declaración y/o pago de Retenciones de Asalariados (IR-3) correspondiente al mes de marzo, no existe una fecha límite para que el empleador efectúe el reembolso o compensación del saldo a favor por concepto de gastos educativos a un asalariado, ya que esta condición no se encuentra estipulada en la Ley 179-09 ni en la Norma General 06-2009.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/6121957lif)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/6121257liC
Es un placer servirle.
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