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Desembolso de impuestos
Tenemos el caso de un EX empleado el cual vino a la empresa con la carta de XXX monto a favor, exigiendo le hagamos el deposito de dicho balance.
La pregunta es: Debemos realmente nosotros como su ultimo empleador depositarle dicho monto o el deberia esperar volver a laborar y que su nuevo empleador se encargue de esa parte?
Quedo atenta,
Gracias anticipadas.


Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.3K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Catherine. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, puede emitirle una carta firmada y sellada al antiguo empleado, indicando que el motivo por el cual no puede pagarle el saldo autorizado, a fin de que este pueda solicitar a está Dirección General, el reembolso del saldo a favor.
Para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información o Centro de Asistencia de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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