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descuento por pronto pago
1-Como debo presentar los decuentos que me hacen las empresas de telecomunicaiones, por ventas (como detayista ) de recargas telefonicas.?
2-Debo presnetar estos ingresos en el IT-1 como ingresos excentos afectando la proporcionalidad cuando estos no son operativos o reportados en los 607 ?
ó?
3-Solo Registrarlos en el Anexo B-2 de la Declaracion Jurada IR-2 como Ingresos Operacionales Netos basado en lo que dice la Norama General 10-07?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 años
Buenas tardes Victor. Gracias por escribirnos.
Le informamos que, estamos verificando su consulta; una vez tengamos respuesta, le estaremos notificando por esta vía.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Victor.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 4 años
Buenas tardes Victor. Gracias por escribirnos.
En el caso que nos plantea, le informamos que, debe emitir un Comprobante Nota de Crédito a fin de reflejar ese descuento y poder hacer correctamente sus reportes.
Las Notas de Crédito son documentos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios por modificaciones posteriores en las condiciones de venta originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, subsanar errores o casos similares, de conformidad con los plazos establecidos por las leyes y normas tributarias. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario, para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
Si las Notas de Crédito no superan los treinta (30) días después de su emisión, estas deben ser emitidas nuevamente con fecha del mismo periodo en que fueron emitidas las facturas originales de manera que pueda deducirse el ITBIS y deberá reportar la Nota de Crédito en el Formato 607.
Ese ingreso no se considera como un ingreso exento en la declaración IT-1, sino que debe reportar el servicio y la nota de crédito por el descuento que nos específicas.
Para detalles del asiento correcto de la transacción, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Para realizar una cita para trámites presenciales en las administraciones locales que requieren citas, por favor verificar el procedimiento a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/fnkb3wS
Es importante destacar que toda persona que necesite acudir al Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) o cualquiera de nuestras oficinas deberá respetar las medidas de distanciamiento físico. De igual forma, el uso de mascarillas es obligatorio para realizar cualquier tipo de trámite presencial.
Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.
También puede visualizar el Instructivo de llenado del IT-1, ingresando al siguiente enlace:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/Instructivo%20LLENADO%20IT-1%202020.pdf
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Victor.
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