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lunes, 1 de noviembre de 2021 20:21

Cerrado

Descripción facturas

Estamos próximos a cierre de año y quería confirmar si hay algo en la ley que regule la descripción en facturas, por ejemplo si en enero 2022 yo recibo una factura que hace referencia a un servicio prestado en diciembre 2021 este gasto podría ser deducible de impuestos si tiene fecha de enero 2022 o por la descripción no se puede?

Me ayudarian mucho si me brindan la ley donde puedo ver este detalle.

Saludos Cordiales.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes Elizabeth. Gracias por escribirnos.

 

La obligación de presentar y pagar el ITBIS que se debe retener nace en el momento de la facturación, del cobro parcial o total o de la prestación del servicio, lo que suceda primero. En el caso del ISR, se adeudará desde el momento en que se realicen o se acrediten en cuenta, o se pongan a disposición del beneficiario.

 

Base legal: Reglamento 293-11, Art. 7, literal I; Reglamento 139-98., Art 64.

 

En ese sentido, para asegurar la calidad de la respuesta, por favor especifíquenos con mayor detalle y claridad su pregunta, exactamente la transacción realizada, si fue una factura a crédito, etc.

 
Importante: quedamos en espera de sus aclaraciones para poder validar la información. En caso de haber transcurrido un tiempo mayor a 24 horas, lamentablemente tendremos que cerrar su pregunta y deberá crear una pregunta nueva en la Comunidad de Ayuda.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Elizabeth.

@Comunidad de Ayuda DGII Para darme a entender les brindo un ejemplo: En enero de 2022 yo podría recibir una factura con fecha de enero 2022 pero que en la descripción de concepto facturado diga: Honorarios profesionales diciembre 2021.

En la descripción hace alusión a un periodo anterior, esto no influye? si la factura esta con fecha enero 2022 no importa lo que diga la descripción?

Buenos días Elizabeth. Gracias por escribirnos.

 

En ese caso no le impacta que la factura posea una descripción del periodo pasado, siempre y cuando, ustedes posean los soportes de la transacción.

 

Es importante destacar que, dentro del servicio acordado, se facture cuando ocurra el hecho generador.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Elizabeth.