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martes, 20 de junio de 2023 21:51

Cerrado

Desarrollo facturación electrónica

Hola,

En mi empresa, queremos comenzar a desarrollar los procesos necesarios para certificarnos como hábiles para producir facturas electrónicas. 

¿Cuáles son los pasos siguientes?

Solución oficial

Buenos días, Marco. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la facturación electrónica promueve la competencia leal entre agentes económicos, moderniza y eficientiza procesos, a la vez que facilita el cumplimiento tributario y reduce costos transaccionales y operativos.

 

Dentro de los beneficios de utilizar la facturación electrónica se encuentran los siguientes:

  1. Reducción de costos de impresión y adquisición de papel.
  2. Impacto positivo en el medio ambiente.
  3. Reducción de costos de almacenamiento físico de documentos.
  4. Reducción de costo de cumplimiento tributario.
  5. Procesos administrativos más rápidos y eficientes.
  6. Optimización de tiempos y recursos.
  7. Automatización de procesos.
  8. Facilita el cumplimiento tributario.
  9. Facilita el comercio electrónico.
  10. Fomenta la equidad y la competencia leal.
  11. Proporciona certeza jurídica tanto al emisor como al receptor del comprobante fiscal.
  12. Proporciona certeza en la validez del crédito fiscal.
  13. Trazabilidad y certeza de la información.
  14. No más pérdida de documentos.
  15. Estandariza relaciones comerciales electrónicas entre empresas.
  16. Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.

Para emitir un e-CF los emisores electrónicos utilizan un software de facturación que permite generar la factura en el formato estándar XML y según las especificaciones técnicas de esta Dirección General. Dicho software es diseñado o adquirido por el contribuyente, de acuerdo con las necesidades de su actividad comercial.

 

Para facturar electrónicamente, los contribuyentes deben depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud para ser Emisor Electrónico (FI-GDF-016), llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].

Además, debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
  • Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
  • Poseer clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).
  • Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
  • Contar con un certificado digital para procesos tributarios, emitido por una prestadora de servicios de confianza autorizadas por el INDOTEL.
  • Cumplir con las exigencias técnicas que la DGII disponga.
  • Tener un software especializado que permita la elaboración, emisión y uso del e-CF.
  • Aprobar de manera satisfactoria el proceso de certificación a los fines de inicio de emisión de los e-CF.
  • Poseer la autorización de emitir comprobantes fiscales (Alta de NCF) y cumplir con las demás disposiciones de la Norma General núm. 06-2018 sobre Comprobantes Fiscales.

Tiempo de Respuesta de este trámite: 10 días laborables.

  • La respuesta a la solicitud le será remitida al Buzón de Mensajes de su Oficina Virtual y al correo electrónico colocado en el formulario de solicitud.
  • El representante autorizado en el formulario deberá figurar en el RNC del contribuyente como representante, socio o accionista, y debe coincidir con los datos del representante del certificado digital.
  • La autorización para ser emisor electrónico también puede ser adquirida por medio de los Proveedores de Servicios de Facturación Electrónica que hayan sido oficialmente certificados, los cuáles puede consultar en nuestro portal web, accediendo a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/mwtRPusL, a tales fines el contribuyente debe cumplir con el procedimiento y condiciones antes indicados.

En caso de contar con poca liquidez, ponemos a su disposición el Facturador Gratuito, herramienta que permite la emisión de e-CF, conforme el modelo operativo de Facturación Electrónica establecido en República Dominicana, la cual es proporcionada por Impuestos Internos de manera gratuita a aquellos contribuyentes que deseen facturar electrónicamente, operando desde su computador con servicios de internet, en especial a profesionales liberales, Personas Físicas y MiPymes, que no posean ningún sistema para estos fines.

 

Para solicitar la autorización para utilizar el Facturador Gratuito debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud para Uso del Facturador Gratuito de FE (FI-GDF-018) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].

Importante:

  • También puede realizar la solicitud enviando el documento escaneado al correo: facturacionelectronica@dgii.gov.do.
  • Tan pronto como haya sido autorizado, le serán otorgadas las credenciales para acceder al Facturador Gratuito y se incluirá el delegado que escogió como representante en el formulario.
  • Con la aprobación para el uso del facturador gratuito, también se autorizará como Emisor Electrónico.
  • Disponer de un computador o dispositivo móvil con servicio de internet.
  • No haber sido autorizado con anterioridad a emitir e-CF a través de un sistema diferente al facturador gratuito.
  • El representante autorizado en el formulario deberá figurar en el RNC del contribuyente como representante, socio o accionista, y debe coincidir con los datos del representante del certificado digital.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.