BUENAS NOCHES, POR FAVOR LE VOY A CALCULAR LA DEPRECIACION A UN CAMION, ES SU PRIMER AÑO, NECESITO SABER COMO SE CALCULA Y EN EL IR 2 COMO COLOCAR DICHOS VALORES
Buenos días Elizabeth, para calcular la depreciación anual, los bienes depreciables deben ser ubicados en una de las tres categorías siguientes:
• Categoría 1. Edificaciones y los componentes estructurales de los mismos. • Categoría 2. Automóviles y camiones livianos de uso común; equipo y muebles de oficina; computadoras, sistemas de información y equipos de procesamiento de datos. • Categoría 3. Cualquier otra propiedad depreciable.
Los bienes clasificados en la categoría 1 son contabilizados sobre la base de cuentas de activos separadas.
Los bienes clasificados en la categoría 2 son colocados en una sola cuenta.
Los bienes clasificados en la categoría 3 son colocados en una sola cuenta.
Los porcentajes para depreciación son los siguientes:
Los bienes depreciables dados en arrendamiento se depreciarán de conformidad al siguiente tratamiento:
1) 50% para los bienes que corresponden a la categoría 2. 2) Un 30% para los bienes que corresponden a la categoría 3. La empresa propietaria de dichos bienes llevará cuentas conjuntas separadas, en la forma indicada anteriormente para sus bienes arrendados.
Para más detalles te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Solución oficial
YB
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hace 6 años
• Categoría 1. Edificaciones y los componentes estructurales de los mismos.
• Categoría 2. Automóviles y camiones livianos de uso común; equipo y muebles de oficina; computadoras, sistemas de información y equipos de procesamiento de datos.
• Categoría 3. Cualquier otra propiedad depreciable.
Los bienes clasificados en la categoría 1 son contabilizados sobre la base de cuentas de activos separadas.
Los bienes clasificados en la categoría 2 son colocados en una sola cuenta.
Los bienes clasificados en la categoría 3 son colocados en una sola cuenta.
Los porcentajes para depreciación son los siguientes:
• Categoría 1, 5%
• Categoría 2, 25%
• Categoría 3, 15%
Los bienes depreciables dados en arrendamiento se depreciarán de conformidad al siguiente tratamiento:
1) 50% para los bienes que corresponden a la categoría 2.
2) Un 30% para los bienes que corresponden a la categoría 3. La empresa propietaria de dichos bienes llevará cuentas conjuntas separadas, en la forma indicada anteriormente para sus bienes arrendados.
Para más detalles te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444
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