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miércoles, 23 de octubre de 2024 18:01

Cerrado

Depreciación

Buenas tardes, 

¿Cuál es el porcentaje de depreciación de los activos según su categoría en su primer año de operación? 

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, informamos que, los bienes depreciables se clasifican en las siguientes categorías:

 

1. Categoría 1: Edificaciones y los componentes estructurales de los mismos.

 

2. Categoría 2: Automóviles y camiones livianos de uso común, equipo y muebles de oficina, computadoras, sistemas de información y equipos de procesamiento de datos.

 

3. Categoría 3: Cualquier otra propiedad depreciable.

 

Estas categorías de bienes se deben depreciar en los siguientes porcentajes:

 

• Categoría 1: 5%

• Categoría 2: 25%

• Categoría 3: 15%

 

Importante:

  • Los bienes depreciables dados en arrendamiento se depreciarán en un 50% para los bienes que corresponden a la categoría 2 y en un 30% para los bienes que corresponden a la categoría 3.
  • A los fines de deducción del ISR, se consideran bienes depreciables a los bienes usados en el negocio, que pierden valor a causa de desgaste, deterioro o desuso.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

Entiendo los porcentajes, sin embargo estos se aplicarán en su totalidad en el primer año de adquisición de los activos?

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, informamos que, de manera fiscal, la depreciación se registra desde el primer año de adquisición del activo. Es decir, si el activo se adquiere en el período 2024, al momento de realizar la declaración del período fiscal correspondiente, deberá registrarse la depreciación del mismo.

 

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