jueves, 20 de marzo de 2025 15:56

Cerrado

Depreciación de activos

Saludos,

Estoy registrada como persona física y actualmente presto servicios de transporte y demás. Que sucede, compré un vehículo con fines de agregarlo a mi flotilla, pero, el comprobante que me entregaron a la hora de comprar el vehículo fue de consumidor final, la pregunta es: ¿Puedo cargar el gasto de depreciación en el anexo B de mi IR-1 o esa depreciación no es deducible a fines fiscales?.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Rosanna. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, no podrá deducirse el gasto de la compra del vehículo, pero como es Persona Física y al hacer el traspaso el vehículo está a su nombre, si puede deducirse los gastos de depreciación.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.