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Depreciación Activo Categoría II
Se adquirió un camión en el 2019 pero el mismo no entró en operciones hasta Enero 2020, cabe señalar que la declaración jurada isr 2019 no se realizó. En este momento preparo el IR-1 2019 y 2020, según el art. 19 del decreto 139-98 sobre ISR "Un activo fijo estará sujeto a depreciación sólo a partir del momento en que entra en uso u operación. Activos en proceso de instalación, construcción o en inventario no son susceptibles de depreciarse".
Entonces en el 2019 NO reportaré depreciación, ¿Es correcto esto?
Solución oficial
OTM .
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hace 4 años
Buenos días Brenda. Gracias por escribirnos.
Es correcto, en el 2019 no debe reportar la depreciación, ya que tal como indica el artículo 19 del Reglamento 139-98, un activo fijo estará sujeto a depreciación sólo a partir del momento en que entra en uso u operación. Activos en proceso de instalación, construcción o en inventario no son susceptibles de depreciarse.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Brenda.
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