martes, 18 de agosto de 2026

Deducción del pago de Residuos Solidos

Saludos!!

Tengo esta situación y me gastaría ver la manera que en lo puedo resolver, la DGII me notifico una inconsistencia del IR-2 del 2025, lo cual están trabajando en la misma la rectificativas, en dicho preliminar y en la declaración real que se proceso tenemos el monto en gastos extraordinarios del pago del residuos solidos. Ahora me indica que ese pago ya no será deducible del impuesto sobre la renta como lo contempla la ley inicial 225-20, que tan cierto es esto, porque entiendo que no es justo pagar tanto dinero y supuestamente a partir de la nueva ley 98-25 ya no serán deducibles los valores por este concepto.

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Solución oficial

Buenos días, Yajaira. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, según la modificación hecha por la Ley 98-25 a la Ley 225-20, el pago de la Contribución Especial para la Gestión Integral de Residuos Sólidos no es deducible del Impuesto Sobre la Renta. No obstante, se encuentra en proceso de aplicación una nueva modificación a esta Ley, por lo que será necesario que se mantenga pendiente a las publicaciones oficiales de Impuestos Internos para conocer cualquier variación al respecto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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(Editado)