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Decreto 587-24
Buenas tardes estimados, espero estén muy bien.
Con respecto al decreto 587-24, cuando indica que las empresas recién constituidas tienen un plazo de 120 días para pasarse a facturación electrónica, es para todas las empresas creadas en el año 2024, o las que s formalizaron después de la fecha del decreto?
Agradezco mucho la aclaración por favor.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Jenny. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, el plazo indicado en el artículo 7 del Decreto 587-24 aplica para los contribuyentes inscritos en fechas posteriores al vencimiento del plazo para acogerse. Es decir, el plazo para que los pequeños contribuyentes se acojan a la facturación electrónica es hasta el 9 de mayo de 2026. Esto implica que todo contribuyente incorporado después de este plazo tendrá un período de 120 días para cumplir con la implementación de la facturación electrónica.
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