Una vez registrado las obligaciones dependen del tipo de registro que poseas, es decir, la actividad económica con la cual estés registrado.
Para más detalles y a fin de conocer cuáles serían las obligaciones fiscales que como contribuyente te corresponden, te exhortamos comunicarte con el oficial de control que tienes asignado en la administración local correspondiente.
Nota: en caso de desconocer el oficial y administración local asignada, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII
Buenas tardes, deben presentar la Declaración Jurada de Personas Físicas (IR-1):
Todas las personas físicas que perciban múltiples ingresos ya sea por inversiones o ganancias financieras en el exterior, alquiler de bienes, negocios, ventas de bienes inmuebles o inmuebles, prestaciones de servicios, préstamos en general, diversos salarios.
Los profesionales liberales.
Empleados que perciban salarios por su trabajo en relación de dependencia (provenientes de más de una empresa o entidad y que se le efectúe retención por parte de cada uno de sus empleadores).
La Norma General 06-2014 establece que las personas jurídicas, físicas, negocios de único dueño y a las entidades gubernamentales declarantes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). estan obligados a presentar 606,607 it-1, todo va a depender si tus actividad esta grabada con el itbis,
si lo esta, entonces debe presentarlo de lo contrario solo presentarias el Ir-1.
Solución oficial
Ismelda Taveras
799 Mensajes
hace 6 años
Una vez registrado las obligaciones dependen del tipo de registro que poseas, es decir, la actividad económica con la cual estés registrado.
Para más detalles y a fin de conocer cuáles serían las obligaciones fiscales que como contribuyente te corresponden, te exhortamos comunicarte con el oficial de control que tienes asignado en la administración local correspondiente.
Nota: en caso de desconocer el oficial y administración local asignada, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
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Lic. Camilo Ramirez Feliz
87 Mensajes
hace 6 años
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Juan Encarnación Báez
779 Mensajes
hace 6 años
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William Vasquez
88 Mensajes
hace 6 años
hola,
La Norma General 06-2014 establece que las personas jurídicas, físicas, negocios de único dueño y a las entidades gubernamentales declarantes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). estan obligados a presentar 606,607 it-1, todo va a depender si tus actividad esta grabada con el itbis,
si lo esta, entonces debe presentarlo de lo contrario solo presentarias el Ir-1.
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