JC

viernes, 20 de enero de 2023 14:47

Cerrado

Declaracion itbis por persona fisica

Buenas, 

Una persona física que ha emitido NCF, le retienen el 100% del itbis y el 10% del ISR, pregunta:  Como él reportaría estas retenciones a la DGII?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las retenciones que le han realizado tanto de ITBIS como del Impuesto Sobre La Renta se reportan a través del Formato 607 (ambas), en la Declaración Jurada del ITBIS (IT-1) y en su Declaración Jurada Anua de ISR (IR-1) respectivamente en la forma y plazos establecidos por esta Dirección General y la legislación tributaria vigente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Solución aceptada

hace 2 años

Lo que sucede que en las obligaciones de esta persona física, solo tienen contemplado el IR-1 e IT-1, conforme a la información de la OFV.

Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, es correcto, en el IT-1 debe reportar las retenciones que le ha efectuado del ITBIS y en el IR-1 las correspondientes al Impuesto Sobre La Renta (ISR). En el caso del 607, no se contempla como obligación dentro de la sección de Consultas de su Oficina Virtual (OFV), pero es un formulario complementario ya que sus informaciones forman parte integral de las citadas Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)