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Declaracion de mis gastos
Si ya soy facturador electrónico como persona física, ¿significa que ya no tengo que realizar el formulario 607 mensual? En ese caso, ¿cuál es el proceso para declarar los gastos a partir de ahora?
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Si ya soy facturador electrónico como persona física, ¿significa que ya no tengo que realizar el formulario 607 mensual? En ese caso, ¿cuál es el proceso para declarar los gastos a partir de ahora?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, Leandra. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, siendo emisor electrónico, no tiene la obligación de enviar los formatos 607 para reportar sus ventas mensualmente, si solo emite comprobantes electrónicos. En cuanto al reporte de los gastos, por el momento continúa haciéndose a través del formato 606.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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