lunes, 14 de julio de 2025

Cerrado

Declaracion de ITBIS

Buen Dia,

Soy agente de viajes minorista y mis ingresos son por comisión en ventas, como puedo registrar el ITBIS por compras que realizo a las tours operadores, ya que en IT-1, el ITBIS que debo pagar es en base a la comisión que me gano.

Puedo llevar el ITBIS al costo para que el saldo a favor del ITBIS no me aumente?

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Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En el caso de los agentes de viajes minoristas que generan ingresos a través de comisiones por ventas, el ITBIS a pagar en la declaración mensual (formulario IT-1) debe calcularse únicamente sobre la comisión ganada, ya que este es el valor agregado real de la operación.

 

En ese mismo orden, cuando adquieres paquetes turísticos a través de tour operadores, el ITBIS que estos le facturan puede ser llevado al crédito fiscal, siempre que se cumplan los requisitos establecidos (factura con NCF válido, bien o servicio gravado, relación con la actividad generadora de ingresos, etc.).

 

El ITBIS acreditable no puede ser llevado al costo, salvo en los siguientes casos excepcionales:

  • Cuando se trate de bienes o servicios exentos, y por tanto no se genera ITBIS en la venta.
  • Cuando el contribuyente no tenga derecho a crédito fiscal por no estar gravado o por ser contribuyente exento.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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