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miércoles, 5 de junio de 2024 16:09

Cerrado

DECLARACION DE ITBIS CON SALDOS NEGATIVOS

Buenas dias,

tengo un caso que se me ha presentado con mi declaracion de itbis y es el siguiente:

tengo una nota de credito que me emite otra empresa a mi, que pasa en ese mes que me hicieron esa nota de credito cuando envio mi  606 tanto mis gastos como itbis me sale negativos. ¿ como puedo presentar mi itbis de este mes con ese valor negativos que no puedo compensarmelo ?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Maria. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, cuando el ITBIS en las notas de crédito supera el total que se puede adelantar en el período que está reportando, debe proceder de la siguiente manera, según sea el caso.

 

Notas de crédito que no superan los 30 días de emitidas:

  • Proveedor: Si las notas de crédito no superan los treinta (30) días después de su emisión, estas deben ser emitidas nuevamente con fecha del mismo periodo en que fueron emitidas las facturas originales de manera que pueda deducirse el ITBIS y deberá reportar la nota de crédito en el formato 607.
  • Cliente: Debe reportar la nota de crédito en el formato 606. En el caso de que haya reportado la nota de crédito, debe realizar la rectificativa tanto del formato 606 como del IT-1 del mes correspondiente, y de los períodos subsiguientes, según aplique.

Notas de crédito que superan los 30 días de emitidas:

  • En este caso las notas de crédito deben ser reportadas en el formato 606 (cliente) y en el 607 (proveedor) del mes correspondiente, considerando únicamente el valor pagado sin incluir el ITBIS, ya que transcurrido este tiempo, el ITBIS se pierde tal como lo establecen los Arts. 8 y 28 del Reglamento 293-11.

Nota:

 

Estas informaciones también aplican para las notas de crédito emitidas a bienes o servicios exentos de ITBIS y que afecten las operaciones del periodo.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.