3 Mensajes
DECLARACION DE GASTOS.
Saludos,
Tengo el caso de una empresa recien formada, realizo unas encuestas para unos trabajos, entonces en la encuesta le hizo unos pagos a los encuestadores, esa parte de declaro como corresponde y se hicieron las retenciones debidas.
Ahora bien la empresa le pago unos viaticos por trabajo en campo, los viaticos fueron pagados en julio hace unos dos meses ya, pero no se declararon porque estaban en los procesos de completar tambien toda la formalizacion y solicitud de sus debidos comprobantes, deberia hacer una declaracion rectificativa agregando los gastos por pago de viaticos o que seria lo mas conveniente.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 8 meses
Buenos días, Manuel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las asignaciones de traslado y viáticos se encuentran exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta independientemente estas sean otorgadas en especie o en dinero.
Se consideran asignaciones de traslado y viáticos cualquier provisión necesaria para cubrir el sustento, transporte y habitación de la persona que hace un viaje relacionado con el negocio.
Estas asignaciones deben guardar relación con la jerarquía y la función a realizar, y deben estar sustentadas en comprobantes fiscales para fines fiscales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0