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declaracion compras informales
Soy distribuidora de vegetales, constituida juridicamente, existe una forma de poder declarar las compras que hago a los productores directos que no tienen
comprobantes? Puede ser un comprobantes de compras?



Solución oficial
OTM .
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hace 5 años
Buenos días. Gracias por escribirnos.
Es correcto, en ese caso puede emitir un Comprobante de Compras; estos son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas y jurídicas cuando adquieren bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes. La factura sustentada con un comprobante de compras deberá tener el formato indicado en la Norma General 06-2018.
Al emitir comprobantes de compra a proveedores informales debe realizar las siguientes retenciones, según sea el caso:
1. 100% del ITBIS facturado cuando un proveedor informal le venda bienes o preste servicios gravados con este impuesto.
2. 10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).
3. 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).
Consideraciones importantes:
• La retención de ITBIS no es aplicable a los bienes y servicios exentos de este impuesto.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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