RG

viernes, 20 de mayo de 2022 19:56

Cerrado

Declaración de ITBIS con e-NCF

Buenas tardes

Necesito que me orienten sobre cómo hacer la declaración de ITBIS si el contribuyente emite Comprobantes Fiscales Electrónicos. Por un lado, el formato 607 no permite que se incluyan e-NCF, pero por otro, si no envío el 607 los ingresos no aparecen en el Anexo del ITBIS.

¿Cómo debo hacer para la declaración de ITBIS?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Rafael. Gracias por contactarnos.

 

En necesario que nos especifique el tipo de e-CF que intenta remitir en su formato 607, ya que en el Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607): se utiliza para remitir las informaciones sobre los ingresos generados, las ventas y operaciones efectuadas durante el año fiscal.

 

Si el cliente no es electrónico, el emisor del e-CF entregará una representación impresa (RI) del comprobante fiscal electrónico y el receptor debe reportar sus compras de manera habitual en el Formato de Envío de Costos y Gastos (Formato 606).

 

Debe reportar en el formato 607 todas las facturas de crédito, comprobantes especiales (Ej.: Registro Único de Ingresos, Exportación, Gubernamentales, Otros) y aquellas facturas de consumo con montos facturados igual o superior a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000.00).

 

Las facturas de consumo que no excedan este monto deben ser remitidas a través de la opción disponible en la Oficina virtual para esos fines.

 

Importante: quedamos en espera de sus aclaraciones para poder validar la información. En caso de haber transcurrido un tiempo mayor a 24 horas, lamentablemente tendremos que cerrar su pregunta y deberá crear una pregunta nueva en la Comunidad de Ayuda.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle

8 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII​ Gracias por su respuesta. Fueron emitidos e-CF Con Valor Fiscal y de Regímenes Especiales.

Regularmente, cuando usamos CF de serie B, los reportamos mediante el Formato 607 y luego, la información aparece de manera automática en el Anexo A del IT-1. Sin embargo, en esta ocasión que hemos empezado a emitir e-CF con el plan piloto del Facturador Gratuito, el anexo A aparece completamente vacío y no hemos podido enviar el Formato 607 pues no nos permite usar e-NCF.

Sólo una pequeña aclaración, el Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607) se envía cada mes, no sólo para las operaciones del año fiscal.

Buenas tardes, Rafael. Gracias por contactarnos.

 

Si es un emisor de e-CF electrónico solo tiene que remitir el formato 606 por los NCF tradicionales (serie B) que le son emitidos y el 609 con las informaciones de los pagos al exterior.

 

No tendrá que enviar los demás formatos de envío de datos, ya que las informaciones de los e-CF se reciben electrónicamente en el formato estándar de factura (XML).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

8 Mensajes

¿Entonces debo introducir los datos de manera manual en el Anexo A del IT-1?

Buenos días, Rafael. Gracias por contactarnos.

 

Sí, en el anexo A deberán digitar la información manualmente.

 

En otro orden, los facturadores electrónicos están exentos de enviar 607, siempre que no emitan comprobantes de serie B.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

8 Mensajes

Gracias